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SEGÚN ORDENANZA No. 036 DE 2008 “POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA ORDENANZA No 019 DE 2005 CORRESPONDIENTE AL REGLAMENTO INTERNO DE LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE SANTANDER” |
NATURALEZA, FUNCIONES GENERALES Y DENOMINACION. La Asamblea Departamental de Santander es una corporación de carácter administrativo y de elección popular, encargada de realizar, en su ámbito territorial, las funciones administrativas, reglamentarias, electorales y de vigilancia y control establecidos en la Constitución Política y en las leyes de la República de Colombia. MISION. Brindarle a la comunidad del Departamento de Santander el marco legal y administrativo que propicie el correcto ejercicio del control político en procura del desarrollo sostenible del Departamento con los más elevados intereses de proteger y salvaguardar los recursos económicos sociales, ecológicos y tecnológicos bajo los principios de eficacia, eficiencia y honestidad. VISION. En el 2015, ser valorada como una corporación líder en procesos de participación y gestión, que le permitan al Departamento de Santander consolidarse como una potencia modelo en el desarrollo social, económico y político, comprometida con sus ciudadanos, acorde a los avances técnicos y tecnológicos. AUTONOMIA Y PRESUPUESTO. La Asamblea Departamental de Santander tendrá autonomía administrativa y presupuesto propio. PRINCIPIOS QUE RIGEN SU FUNCION. En el ejercicio de las funciones que competen a la Asamblea de Santander, esta tendrá en cuenta que el fin de las mismas es el de estar al servicio de los intereses generales del Departamento y su desarrollo se hará con fundamento en los principios constitucionales y legales de la buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad y transparencia. |